Vicerrectorado de Investigación
Preámbulo: Descripción general
Estas ayudas se encuadran dentro de la línea estratégica de la UNED orientada a fomentar que buena parte de la I+D que se realice cumpla con dos características: I) esté orientada a la generación de conocimiento para la resolución de problemas ligados a los retos de la sociedad y II) sea competitiva a nivel nacional e internacional.
Estos requisitos precisarán en general de un número significativo de investigadores que tendrán que agruparse para emprender las actividades de investigación multidisciplinar exigidas por la naturaleza y complejidad de los problemas que los retos de la sociedad plantean.
Estas ayudas tienen como objetivo potenciar la colaboración entre grupos, unidades de investigación e investigadores aun no agrupados, favorecer la creación de sinergias en la búsqueda de soluciones a los retos de la sociedad planteados, impulsar la investigación multidisciplinar y la complementariedad en las capacidades y competencias científico-técnicas de los investigadores implicados en el desarrollo de los proyectos de I+D, la agrupación de capacidades y su complementariedad.
Artículo 1. Objetivos específicos
La financiación de proyectos de investigación consistentes en trabajos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos con orientación específica hacia los ocho grandes retos de la sociedad española, de manera que estos nuevos conocimientos deben suponer un avance en el ámbito en el que se encuadren y dar respuesta a los retos identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 y Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, que a su vez se encuentran alineados con los objetivos europeos definidos en el programa europeo, ‘Horizonte 2020’.
Los proyectos que se financien se han de enmarcar en la búsqueda de soluciones a los siguientes retos de la sociedad:
1. Salud, cambio demográfico y bienestar.
2. Seguridad, calidad alimentaria; actividad agraria productiva y sostenible; sostenibilidad de recursos naturales, investigación marina y marítima.
3. Energía segura, sostenible y limpia.
4. Transporte inteligente, sostenible e integrado.
5. Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
6. Cambios e innovaciones sociales.
7. Economía y sociedad digital.
8. Seguridad, protección y defensa.
En el caso de que un determinado proyecto de respuesta a varios retos, el investigador deberá elegir aquél en el que mejor encaja, por resultar más específico al espíritu del mismo, o por abarcar un mayor número de descriptores.
Artículo 2. Solicitantes
2.1. Podrán solicitar las ayudas en esta convocatoria los equipos de investigación constituidos por miembros del PDI de la UNED.
2.2. El equipo investigador estará dirigido por un miembro del PDI de la UNED con grado de doctor, que actuará como investigador principal y responsable de la solicitud a la presente convocatoria.
2.3. Ningún miembro del PDI de la UNED podrá participar en más de una solicitud dentro de esta convocatoria.
Artículo 3. Financiación, cuantía y duración de las ayudas
3.1. La financiación de la presente convocatoria cuenta con un importe máximo de 30.000 €.
3.2. La cuantía máxima que se podrá obtener por ayuda concedida será de 15.000 €.
3.3. La ayuda se gestionará a través del centro gestor de la UNED al que esté adscrito el director del equipo de investigación.
3.4. La duración de la ayuda será de dos años a contar desde la fecha de la publicación de la resolución definitiva de concesión y se ejecutará según las normas generales que regulan los gastos de la UNED de acuerdo con lo indicado en esta convocatoria.
3.5. Las ayudas serán compatibles con otras aportaciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad concedente.
Artículo 4. Conceptos susceptibles de ayuda.
a) Gastos de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de equipamiento científico-técnico, incluyendo equipos informáticos y programas de ordenador de carácter técnico. Material bibliográfico
b) Gastos de material fungible, suministros y productos similares, excluyendo material de oficina.
c) Gastos de viajes y dietas, asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves de investigadores, tanto invitados como del equipo de investigación del proyecto.
d) Gastos de publicación y difusión de resultados incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto. Gastos derivados de la internacionalización de la actividad y otros gastos relacionados con actividades de colaboración con otros grupos nacionales e internacionales.
e) Gastos derivados de actividades de formación imprescindibles para la ejecución del proyecto y de organización de actividades científico-técnicas.
Artículo 5. Formalización de solicitudes.
5.1. Las solicitudes se presentarán electrónicamente
5.2. El investigador principal deberá, cumplimentar el formulario electrónico y aportar los documentos exigidos en este artículo.
5.3. El formulario electrónico de solicitud contendrá, además de los datos identificativos del proyecto, miembros del equipo de investigación, la siguiente información:
a) Identificación del Reto elegido para la evaluación del proyecto
b) Resumen e impacto esperado del proyecto (3500 caracteres)
5.4. Al formulario electrónico de solicitud, el investigador principal deberá anexar la siguiente documentación obligatoria, que se considerará parte integrante de la solicitud:
a) Memoria científico-técnica del proyecto (según modelo adjunto en el anexo I, resultante de la adaptación del modelo de memoria científico-técnica del Ministerio de Economía y Competitividad correspondiente a la convocatoria Orientada a los Retos de la Sociedad), que podrá presentarse en inglés o español y contendrá: resumen, antecedentes, justificación y relación con el reto, objetivos, metodología y plan de trabajo, impacto, plan de difusión, infraestructuras, equipos del proyecto, etc.
Y además una estimación del gasto y los integrantes del equipo investigador que deberán firmar su conformidad de participación en el proyecto.
b) Currículum vitae del Investigador Principal (IP) del proyecto en formato electrónico según modelo UNED o FECYT.
5.5. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el B.I.C.I. hasta el 31 octubre de 2014, inclusive.
5.6. Las solicitudes y la documentación señalada en el párrafo anterior se presentará a través de la aplicación informática de gestión de la investigación de la UNED disponible en la siguiente dirección electrónica, a la que se podrá acceder una vez autenticado en el Portal de la UNED:
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,1250933&_dad=portal&_schema=PORTAL, dentro del apartado “Gestión de proyectos”-“solicitudes”-“alta”.
Para cualquier incidencia relacionada con la aplicación informática, los interesados deberán dirigirse a . Si el solicitante precisa apoyo presencial deberá dirigirse a sopo.es para avisar al técnico de su facultad que se personará en su despacho.
Para cualquier otra consulta relacionada con esta convocatoria que no corresponda a la aplicación informática, podrán dirigirse a .
Se deberá imprimir la carátula de la solicitud dirigida al Vicerrectorado de Investigación, que se presentará en el Registro General de la UNED cuya fecha será la que se tendrá en cuenta a efectos de admisión de las solicitudes.
5.7. Una vez concluida la fase de presentación de solicitudes, no será admisible la modificación o la subsanación de los elementos básicos de la solicitud, entre otros, los consignados en el formulario de solicitud, la memoria técnica y el currículum del Investigador Principal.
Artículo 6. Pago de las ayudas.
El pago de la ayuda se efectuará por anualidades anticipadas, conforme al plan que se detalle en la resolución de concesión. La primera anualidad corresponderá al 40% del total concedido, y se abonará tras la resolución de concesión. El resto se condicionará a la presentación de los resultados científicos–técnicos obtenidos en las exposiciones en sesión pública e informes correspondientes, y a la valoración positiva de los mismos, tal y como se detalla en el artículo 9.
Artículo 7. Evaluación, selección y determinación de la cuantía de la ayuda.
7.1. La selección de las solicitudes y la determinación, en su caso, de las cuantías de las ayudas se llevará a cabo por la Subcomisión del plan de promoción.
La Subcomisión del plan de promoción será designada por la Comisión de Investigación y Doctorado, siendo presidida por el Vicerrector, o persona en quien delegue.
7.2. La evaluación y selección se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 8 de la presente convocatoria.
7.3. La cuantía de las subvenciones será determinada por la Subcomisión del plan de promoción, que tendrá en cuenta las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria, la puntuación de las solicitudes, el número de miembros de la UNED del equipo solicitante y el grado de multidisciplinariedad del proyecto, dado por el número de áreas de conocimiento incluidas en la investigación asociada al desarrollo del proyecto.
7.4. Con carácter previo a la propuesta definitiva se podrá comunicar a los responsables de los Equipos preseleccionados, por correo electrónico, las condiciones y términos en que se propone la concesión de la ayuda, así como la presentación de cualquier documentación adicional que se considere necesaria, para lo que tendrán un plazo de 10 días desde la recepción de la comunicación.
Transcurrido este plazo y estudiadas las alegaciones recibidas, se procederá a la resolución definitiva de la convocatoria.
Artículo 8. Criterios de evaluación
De acuerdo a la “Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016” y en correspondencia a las características de la convocatoria que se realiza, se aplican los siguientes los criterios de evaluación:
Criterio |
Puntuación |
Ponderación (%) |
Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta |
0 – 5 |
50 |
Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación |
0 – 5 |
30 |
Impacto científico-técnico e internacional de la propuesta |
0 – 5 |
20 |
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta: Se evaluará la definición, contenido, calidad, originalidad, y adecuación de las actividades a desarrollar para la consecución de los objetivos, planificación, disponibilidad de recursos, adecuación de cronograma, indicadores de ejecución y de evaluación, presupuesto detallado y desglosado por partidas para el periodo subvencionable y costes ajustados a las actividades descritas.
Se valorará el nivel de excelencia del plan de trabajo para la consecución de los objetivos de la propuesta y el seguimiento de su avance, y la contribución de la misma al avance del conocimiento, así como, la viabilidad de las actividades de investigación, desarrollo o innovación propuestas, su originalidad, grado de novedad y, en caso de actuaciones en cooperación o coordinación, complementariedad y coherencia de las actuaciones propuestas.
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo investigador: Se valorará la competencia y adecuación del equipo para llevar a cabo el proyecto, la complementariedad entre los grupos y/o miembros de las distintas áreas de conocimiento que integran el equipo, los proyectos anteriores relacionados con la temática del proyecto desarrollados por los miembros del equipo, la trayectoria y contribuciones científico-técnicas de sus componentes; y los resultados previos obtenidos por los integrantes del equipo, especialmente en proyectos de investigación u otras actuaciones de planes autonómicos y nacionales de I+D+i, en proyectos financiados por el Programa Marco de la Unión Europea o en otros programas competitivos de naturaleza internacional.
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta: Se valorará el impacto científico-técnico esperable de los resultados previstos del proyecto sobre el reto social al que concurre; su posible contribución al avance de conocimientos y especialmente la aportación de soluciones al mismo; su posible impacto en el ámbito socioeconómico o industrial con el que se relaciona; los planes de difusión, así como, su posible impacto en la capacidad de liderazgo internacional del equipo investigador en esta temática o en su capacidad para liderar proyectos en consorcios europeos o internacionales.
Adicionalmente a lo arriba indicado (puntos a, b y c), se quiere resaltar que en esta convocatoria, dado su carácter de estar asociada a retos, se valorará especialmente la adecuación de la investigación orientada al reto elegido en la propuesta y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento para dar solución a los problemas del reto seleccionado. Asimismo y complementariamente a todo lo expuesto, se valorará positivamente que el proyecto pueda servir además para la resolución de algún problema concreto de operación de la UNED, que muestre un alto grado de Internacionalización y competitividad de la actividad investigadora, un alto grado de multidisciplinariedad y el que en su plan de difusión contemple la publicación de resultados en acceso abierto.
Artículo 9. Seguimiento y valoración de las ayudas.
9.1. El seguimiento científico-técnico de los proyectos se hará mediante exposiciones en sesión pública e informes de seguimiento y finales.
Una vez finalizada la primera anualidad de realización de la actividad objeto de la ayuda, los beneficiarios deberán exponer los resultados científico-técnicos obtenidos en sesión pública y enviar un informe intermedio de seguimiento de los mismos al vicerrectorado de Investigación.
Una vez finalizada la última anualidad, se deberá enviar el informe final de proyecto, indicando los resultados obtenidos.
En la exposición e informes se habrá de reflejar el trabajo realizado y el grado de consecución de los objetivos inicialmente planteados así como posibles desviaciones de los mismos.
9.2. Las exposición, informe de seguimiento intermedio e informe final serán valorados por la Subcomisión del plan de promoción, que emitirá un informe favorable o desfavorable de cada ayuda, basado estrictamente en la consecución de la totalidad de los objetivos-resultados para los que fue concedida, que de forma clara y concisa, se expusieron en la solicitud.
9.3. Para que cualquiera de los miembros integrantes del equipo solicitante pueda participar en cualquier tipo de convocatoria del Plan de Promoción de la Investigación de la UNED lanzada con posterioridad a la finalización del proyecto asociado a esta convocatoria, será requisito indispensable que tengan presentado el informe final de resultados del proyecto, y éste haya sido valorado favorablemente.
Artículo 10. Resolución y publicación.
La resolución de concesión de estas ayudas será adoptada por la Comisión de Investigación y Doctorado y será publicada en el BICI y en la página web de la universidad.
Artículo 11. Recursos
Contra los actos administrativos que se deriven de esta convocatoria podrán recurrir los interesados en los casos y formas previstos en la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.